Estudiotax Pedir presupuesto
Cortina metálica de un local cerrado

Inicio / Término de giro

Término de giro

Cerrar es un trámite con plazo: dos meses desde que dejaste de operar. Para que lo acepten hay que tener todo declarado, y antes suele quedar un impuesto sobre las utilidades acumuladas que casi nadie tiene presupuestado.

El plazo

Dos meses desde el cierre

  1. 10 de abrilDejas de operar. Ese día parte el reloj.
  2. 11 de junioVence el plazo para presentar el Formulario 2121.
  3. Hasta 6 meses despuésPlazo legal que tiene el SII para resolver.
Presentarlo tarde no impide cerrar, pero agrega una infracción. Y como el trámite exige estar al día, cada mes de atraso suma un F29 más que presentar antes de avanzar.

Dejar de declarar no cierra nada. Es el camino más caro: la empresa sigue acumulando multas, y como el SII exige todo al día para aceptar el cierre, la deuda que evitaste hoy es la que te lo va a bloquear mañana.

Qué es y qué no

Cerrar en el SII no disuelve la sociedad

El término de giro cierra tu situación tributaria y apaga la obligación de declarar. Pero no disuelve la sociedad: una SpA sigue existiendo legalmente hasta que se disuelve en el registro donde se constituyó. Son dos trámites, en dos lugares, y mucha gente hace solo el primero.

Lo que el SII pide
RequisitoDetalle
Formulario 2121Aviso y declaración por término de giro, por internet
Declaraciones al díaF29, el F22 del año anterior y las declaraciones juradas que correspondan
Documentación timbrada sin emitirFacturas y boletas no usadas, para darlas de baja
Certificado de deuda fiscalDe Tesorería, con no más de un mes de antigüedad

Lo que nadie espera

El impuesto del artículo 38 bis

Al cerrar, las utilidades acumuladas que nunca pagaron impuestos finales se entienden retiradas en ese momento. No importa que el dinero siga en la cuenta: tributariamente se considera que salió, y tributa.

La regla general aplica un 35% sobre esas rentas. Cuando el dueño es persona natural existe la opción de reliquidar en el global complementario con el promedio de sus tasas de los últimos años, que suele convenir bastante más. Cuál de las dos vías se calcula, no se adivina.

Además, las existencias que queden en bodega pueden quedar afectas a IVA en el cierre.

La pregunta real

¿Cerrar o dejarla dormida?

Tu situaciónLo que suele convenir
No la vas a usar nunca másCerrar. Mantenerla viva solo genera obligaciones y costo fijo
Podrías retomar en uno o dos añosMantenerla al día en modo mínimo. Sale más barato que cerrar y volver a constituir
No sabesAl día mientras decides. Lo que no conviene es dejar de declarar

Preguntas frecuentes

¿Puedo cerrar si tengo deudas con el SII?

Tener deuda no lo impide, pero hay que resolverla: el trámite exige el certificado de deuda de Tesorería y las declaraciones al día. Se ordena primero y se cierra después. Tesorería permite convenios de hasta 36 cuotas.

Mi empresa nunca operó. ¿Es más simple cerrarla?

Sí, bastante. Sin ventas no hay utilidades acumuladas, así que el artículo 38 bis normalmente no aplica. Lo que sí hay que hacer es presentar todos los F29 sin movimiento y las rentas pendientes.

¿El término de giro cierra también la sociedad?

No. El término de giro cierra tu situación ante el SII; la disolución cierra la sociedad en el registro donde se constituyó. Si fue por Empresa en un Día, la disolución se hace en ese mismo sistema.

¿Cuánto cuesta hacer un término de giro?

Hay dos costos. Los honorarios parten cerca de 120.000 pesos y suben según cuántos períodos haya que regularizar antes. Aparte está lo que corresponda pagarle al SII: multas pendientes y, si hubo utilidades acumuladas, el impuesto del cierre.

Sepamos primero cuánto cuesta cerrar

Revisamos sin costo si estás en condiciones de cerrar y qué impuesto quedaría pendiente. Con esos dos números decides.

Actualizado el 31 de julio de 2026. Escrito por el equipo de Estudiotax, firma contable y tributaria. Contenido informativo general: revisa tu caso con nosotros antes de tomar decisiones. Ante cualquier discrepancia prevalece lo que indique el SII.

Hablar con un contador