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Mi empresa no vendió nada
Hay que declarar igual. Mientras tenga inicio de actividades vigente, tu empresa presenta el F29 todos los meses y la renta todos los años. Y como el SII no manda avisos, la deuda se acumula en silencio.
Lo que se acumula
Dos años callado son 26 infracciones
La sanción se aplica por cada período, no una sola vez. Doce meses sin declarar no son una multa: son doce.
F29 mensualRenta anual
Cuando no había impuesto a pagar, la multa es la del artículo 97 N°2: entre 1 UTM y 1 UTA por período. Ninguna es grave por separado; juntas son el motivo por el que mucha gente descubre el problema recién cuando quiere cerrar.
El malentendido
Se declara que no hubo movimiento
Suena lógico pensar que sin ventas no hay nada que declarar. Pero el F29 sin movimiento existe justamente para eso: es una declaración en cero, toma un par de minutos y no cuesta impuesto. Lo que el SII sanciona no es que no hayas vendido, sino que no le hayas avisado.
| Obligación | Cada cuánto | ¿Sin ventas? |
|---|---|---|
| F29, IVA mensual | Hasta el día 12, o el 20 si eres facturador electrónico | Sí, «sin movimiento» |
| F22, renta anual | Entre abril y mayo | Sí, en cero |
| Cotizaciones | Mensual | Sí, si hay contratos vigentes |
Lo que de verdad duele
No es la multa: es lo que se bloquea
- Sin certificado de deuda limpio en Tesorería, que es lo primero que piden los bancos.
- No puedes hacer término de giro: el SII exige todo al día. La empresa que querías apagar queda atrapada.
- El SII puede cerrarla de oficio tras unos 18 meses sin movimiento ni declaraciones, en sus términos y no en los tuyos.
Tus opciones
Las tres situaciones posibles
| Tu situación | Qué conviene |
|---|---|
| Va a operar más adelante | Mantenerla al día en modo mínimo. Es barato y deja la puerta abierta |
| No va a operar nunca más | Término de giro. Dejar de declarar no la cierra |
| Ya llevas meses sin declarar | Primero regularizar. Está en declaraciones atrasadas |
Preguntas frecuentes
Mi empresa nunca operó, ni un peso. ¿Igual tengo que declarar?
Sí. La obligación nace con el inicio de actividades, no con la primera venta. Si constituiste la sociedad pero nunca hiciste inicio de actividades, la situación es distinta y conviene revisarla.
¿Puedo dejar de declarar y que la empresa se cierre sola?
No. Una empresa no se cierra por abandono: mientras tenga inicio de actividades vigente sigue generando obligaciones. La única forma de cerrarla es el término de giro, y para eso el SII exige todo al día.
Nadie me ha cobrado nada en dos años. ¿Estará bien?
No necesariamente. El SII no notifica cada declaración faltante: los giros aparecen cuando hay fiscalización, cuando pides un certificado o al hacer un trámite. Se puede verificar en minutos en tu situación tributaria en sii.cl.
¿Cuánto cuesta mantenerla al día?
Es el servicio más barato que existe, porque el trabajo mensual es mínimo: el F29 en cero y la renta anual. Está bastante por debajo de la contabilidad de una empresa con operación normal.
Revisemos en qué estado está tu empresa
La primera revisión no tiene costo. Te decimos cuántos períodos faltan y cuánto costaría ponerte al día.
Actualizado el 31 de julio de 2026. Escrito por el equipo de Estudiotax, firma contable y tributaria. Contenido informativo general: revisa tu caso con nosotros antes de tomar decisiones. Ante cualquier discrepancia prevalece lo que indique el SII.