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Se me pasó el F29

Se declara igual, hoy mismo, por internet. Lo que se agrega son reajustes, intereses y una multa, y en la mayoría de los casos sale barato. Declararlo tú mismo cuesta la mitad que si lo detecta una fiscalización.

Antes de darlo por perdido

Revisa cuál era tu plazo real

No es la misma fecha para todos, y parte de quienes nos escriben creyendo que se les pasó todavía están dentro.

Día 12, caso generalDía 20, facturador electrónico

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El día 20 aplica solo si eres facturador electrónico y declaras y pagas por internet. Si el 12 cae sábado, domingo o feriado, se corre al día hábil siguiente.

Lo que se suma

Declararlo tú cuesta la mitad

ConceptoCuánto
ReajusteLa variación del IPC del período de atraso
Interés penal1,5% por mes o fracción, sobre el impuesto reajustado
Declarar tarde
art. 97 N°2
10% del impuesto, más 2% por mes, tope 30%.
Sin impuesto a pagar: entre 1 UTM y 1 UTA
Enterar tarde el IVA
art. 97 N°11
10% más 2% por mes, tope 30%. Sube al 20% más 2%, tope 60%, si lo detecta una fiscalización

El interés corre por mes o fracción: declarar el 2 cuesta lo mismo que declarar el 28. Si ya cruzaste un cambio de mes, esperar solo suma otro tramo.

Hazlo hoy

Cómo declararlo

  1. Entra a sii.cl con tu clave

    En la declaración mensual de IVA aparecen los períodos pendientes.

  2. Selecciona el período atrasado

    El formulario se abre igual que siempre: no hay un trámite especial por ser fuera de plazo.

  3. Completa con el Registro de Compras y Ventas

    Está en el mismo portal, con las facturas electrónicas de ese mes.

  4. Paga en línea

    Así la rebaja se aplica sola. Si el monto es alto, Tesorería permite hasta 36 cuotas.

Dos casos donde conviene no hacerlo solo: cuando son varios meses seguidos, porque los remanentes de crédito fiscal se arrastran y presentarlos desordenados obliga a rectificar (ver declaraciones atrasadas), y cuando la declaración anterior estaba mal, porque eso es rectificar y es otro trámite.

Preguntas frecuentes

No tengo el dinero para pagar el IVA. ¿Declaro igual?

Sí. Son dos infracciones distintas: una por no presentar la declaración y otra por no enterar el impuesto. Declarando sin pagar evitas la primera; sin hacer nada acumulas las dos. Después puedes pagar o pedir un convenio.

Se me pasó por un día. ¿Igual hay multa?

Sí, porque se cuenta por mes o fracción: un día ya es el primer tramo. También es el más barato y el de mayor condonación. Lo que no conviene es dejarlo correr al mes siguiente.

Mi F29 era sin movimiento. ¿Igual me multan?

Sí. La obligación no depende de que haya ventas, y omitirlo tiene la multa del artículo 97 N°2, entre 1 UTM y 1 UTA por cada mes no declarado.

Se me pasa seguido. ¿Qué hago?

Si ya van dos o tres veces, el problema no es la memoria: es que nadie tiene el mes a cargo. La contabilidad mensual delegada cuesta menos que la suma de las multas de un año.

¿Lo declaramos hoy?

Si prefieres no hacerlo solo, lo revisamos y presentamos contigo. Te decimos el monto exacto antes de mover nada.

Actualizado el 31 de julio de 2026. Escrito por el equipo de Estudiotax, firma contable y tributaria. Contenido informativo general: revisa tu caso con nosotros antes de tomar decisiones. Ante cualquier discrepancia prevalece lo que indique el SII.

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